Continúa el debate sobre la objeción de conciencia sanitaria

- PENSAMIENTO - 8 de enero de 2026

La ministra de Sanidad, Mónica García, anunció el pasado 15 de noviembre que el Gobierno iniciaría un proceso judicial contra Isabel Díaz-Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, tras finalizar el plazo que esta tenía para realizar una lista de médicos objetores de conciencia.

Este solo ha sido uno de los episodios relacionados con el aborto que derechas e izquierdas han protagonizado en los últimos meses.

Desde hace muchos años, el aborto ha pasado a ser para gobernantes y opositores una carta más de la baraja política. El aborto, la eutanasia, la llamada ley del solo sí es sí o el lenguaje inclusivo se han convertido, con el paso del tiempo, en armas arrojadizas en el Congreso. La legitimidad de los derechos ha pasado de nacer del valor de cada persona, solo por el hecho de ser humana, a depender de quienes los defienden o de las leyes que lo reconocen.

Ahora, el derecho a la objeción de conciencia se convierte en un arma política más.

Este derecho consiste en la negativa de una persona a realizar ciertos actos, jurídicamente exigibles para el sujeto, para evitar una lesión grave de la propia conciencia. Es el derecho que tiene todo ser humano a elegir libremente ser fiel a sus creencias. Está recogido por la Constitución española en el artículo 16, que establece la libertad ideológica, religiosa y de culto.

Miles de personajes reconocidos pasaron a la historia por permanecer fieles a sus valores, incluso a costa de su libertad, o de la propia vida. Mahatma Ghandi, Nelson Mandela, Sócrates, Tomás Moro, Juana de Arco, Martin Luther King… Todos ellos referentes mundiales gracias a esta fidelidad.

“Si un hombre no ha descubierto algo por lo que morir, no es digno de vivir”, decía Martin Luther King.

Es “un derecho fundamental”, como explica María Domingo, profesora de Derecho en la Universidad Complutense de Madrid, “propio y garante de los sistemas jurídicos democráticos pluralistas, según la Carta de Derechos Fundamentales de la UE”. Sin embargo, a pesar de ser tan fundamental y trascendente, nunca es fácil de ejercer. Nace cuando las circunstancias laborales son contrarias a los valores y creencias propios, por lo que se genera “una situación de crisis individual, un drama para quien se ve jurídicamente impelido a un proceder contrario a su propia identidad”. comenta María Domingo. Proteger el derecho a la objeción de conciencia, y señalar a quienes, a pesar de todo, deciden ejercerlo, no es defenderlo. La Unión Europea lo reconoce; se considera un derecho fundamental; y por eso velar por él es velar, como declara Domingo, por “la libertad fundamental de pensamiento, conciencia y religión”.

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