El Supremo devuelve el ‘caso Dina’ a la Audiencia Nacional

- Desmarcar - 28 de enero de 2021

La exasesora de Iglesias, Dina Bousselham, es quien tiene ahora la voz para decidir si denuncia o no a su exjefe por los cuatro delitos que pesan sobre él. Foto: Own Work.

El Tribunal Supremo ha archivado la causa contra Pablo Iglesias por el llamado ‘caso Dina’, al considerar que la investigación realizada por el juez García-Castellón está inacabada. La Sala II ha procedido a la devolución de las actuaciones al Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional para que «agote la investigación y, en su caso, cuando lo haya realizado, decida si procede remitir una nueva exposición razonada contra el aforado».

El vicepresidente del Gobierno está acusado de cuatro delitos: descubrimiento y revelación de secretos, daños informáticos, denuncia falsa y falso testimonio. La culpabilidad o inocencia de Iglesias depende ahora de una declaración de su exasesora Dina Bousselham, quien debe comparecer ante el juez García-Castellón para aclarar si considera que Iglesias la perjudicó, ya que el Código Penal exige la denuncia de la persona agraviada para proceder por esos delitos. Por tanto, será Bousselham quien aclare si acusa o no a Iglesias por el delito de revelación de secretos que pesa sobre él. El propio Iglesias ha reconocido en más de una ocasión que tuvo la tarjeta de memoria en su poder y que llegó a revisar su contenido. Todo apunta a que Bousselham eximirá de la culpa a su exjefe, como ya hizo por escrito hace unos meses.

Con respecto al delito de daños informáticos, la Sala también insta a García-Castellón a preguntar si el contenido de la tarjeta era legible en el momento en el que Iglesias la devuelve, tras varios meses en su poder, a su propietaria legítima. En la tarjeta, además de los mencionados pantallazos, se encontrarían fotos íntimas de la exasesora, material que Iglesias ocultó. Sobre la legibilidad del contenido se han sucedido las versiones. El Supremo especifica que se debe ahondar en el hecho, al haber existido distintas matizaciones sobre este. Lo que se conoce es que, en el momento en el que Iglesias recibió la tarjeta, esta era legible. Sin embargo, cuando este se la entregó a Bousselham, la exasesora tuvo que enviar el elemento a un taller especializado en Berlín, donde le comunicaron que había sido dañada y que el contenido era irrecuperable. En la investigación que ahora debe llevar a cabo la Audiencia Nacional, también se insta a encontrar la causa de este fallo o el método que se utilizó para el borrado de los documentos o para dejar inservible la tarjeta.

En lo referente al delito de revelación de secretos, el magistrado Andrés Palomo (quien ha sido el ponente del auto) parte de que «Dina B.» mintió al ser consciente de que las capturas de pantalla publicadas por Okdiario eran las que ella había enviado a otras personas y que el aforado lo sabía. Determina así que la acusación de filtraciones queda descartada, ya que se han encontrado las mismas imágenes en otros dispositivos, al ser Bousselham quien las envió.

El Supremo también ha archivado la causa contra la vicepresidenta tercera del Congreso, Gloria Elizo, a quien el juez García-Castellón acusó de haber orquestado una campaña que beneficiara a Iglesias para las próximas elecciones generales. La causa contra ella no se producirá, al no reunirse los requisitos formales necesarios.

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