Conrado Saiz analiza la figura del fiscal general del Estado

- ESPAÑA - 4 de diciembre de 2025

Álvaro García Ortiz ha sido condenado a dos años de inhabilitación por revelación de datos reservados, cuando aún era fiscal general del Estado. El fallo del Tribunal Supremo se dio a conocer el pasado 20 de noviembre. Se trata de un hecho histórico, pues un máximo representante del Ministerio Fiscal nunca había sido condenado por un delito en el ejercicio de su cargo. Con el fallo, y posterior dimisión de García Ortiz, se inició el proceso de búsqueda de un sucesor, y el Gobierno propuso a Teresa Peramato.

Conrado Saiz, miembro de la Fiscalía Anticorrupción, ha explicado este proceso y las complejidades del cargo en una entrevista a Mirada 21:

¿Cuál diría que es el papel del fiscal general y cuáles son los criterios por los que se le elige?

En primer lugar, el fiscal general del Estado dirige y representa la institución del Ministerio Fiscal en todo el territorio nacional. En los actos oficiales, ocupa el cargo inmediato siguiente al del presidente del Tribunal Supremo.

El organismo está integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial, y tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales, y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.

El requisito formal que debe reunir el candidato es ser jurista español de “reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio efectivo de su profesión”. Ese candidato, que propone el Gobierno, es, normalmente, fiscal o magistrado de carrera, aunque hay excepciones. En los años 90, por ejemplo, se propuso como fiscal general del Estado a un abogado, Leopoldo Torres.

Tras esto, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) emite un informe de idoneidad, aunque no es vinculante a la elección como tal del candidato. Por último, el rey lo nombra tras haber declarado ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados.

¿Cómo cree que se puede mantener la imparcialidad del fiscal general, una vez propuesto por un partido político?

A ver, se espera del fiscal, por los requisitos que ya se han mencionado, un mínimo de respeto a la institución a la que representa. Las instituciones dentro de la Fiscalía General del Estado son para desarrollar su misión, no para contrarrestar la influencia política. Lo que sí es verdad es que, al ser los partidos los que eligen, escogen a alguien de quien se espera un comportamiento determinado.

Lo que no puede hacer en ningún caso el fiscal es inmiscuirse en el ámbito de la política, dejar de ser independiente, pero eso ya es decisión de la persona. La ley nunca podía prever que el fiscal general pudiese ser sujeto a un procedimiento penal en el ejercicio de su cargo. Formalmente, el puesto está blindado para preservar su independencia.

Lo que se podría hacer es incrementar los requisitos para ser candidato a este puesto mediante una modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que es una ley no orgánica. Parece aconsejable que deben ser incrementados para que el próximo fiscal general del Estado sea más cualificado en conocimientos y experiencia profesional.

Como alguien que lleva 10 años en la Fiscalía Anticorrupción, ¿qué rol cree que juega esta entidad cuando surgen asuntos que pueden tener gran impacto institucional?

La Fiscalía Anticorrupción se caracteriza por tener dos unidades de apoyo asignadas a la propia fiscalía, una de la Agencia Tributaria y otra de la Intervención General de la Administración del Estado, que participan en sus investigaciones bajo la dirección del fiscal competente. El trabajo diario de la fiscalía es ajeno a cualquier condicionante externo, por muy relevante que pueda ser ese condicionante, para ser imparcial en todas las decisiones que toma.

Para entendernos, “se dispara a todo lo que vuela” como un mal cazador, pero que hace de la institución una entidad neutra e imparcial. No obstante, aún puede mejorar si se la dota de más medios materiales y si se cambia la norma procesal penal para que puedan instruir sus procedimientos penales.

¿Qué cree que debe hacerse para prevenir este tipo de comportamientos en entidades públicas?

Creo que lo que tenemos que empezar a hacer es detectar las deficiencias en el sistema actual. En los últimos años, se ha evitado realizar cambios estructurales profundos muy necesarios para el funcionamiento del país. Tenemos una ley de enjuiciamiento criminal del siglo XIX, y seguimos con una ley decimonónica en cuanto a cómo se estructura la investigación penal.

También es importante que quien ocupa cargos de responsabilidad institucional se encargue de identificar estas deficiencias para darlas a conocer y hacerlas presentes en el debate político. Aun así, la fiscalía sigue funcionando al margen de lo que ocurra externamente, porque, en contextos complejos, cada institución tiene que cumplir la función y competencias previstas en la ley.

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