Los sanitarios carecían de medios al inicio de la pandemia

- ESPAÑA - 9 de octubre de 2020
Fotografía: Cristina Camacho
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Noticia redactada por Paula Burgos y Cristina Camacho.

El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves que los sanitarios no tenían suficientes medios de protección durante el inicio de la pandemia, a causa de la ineficacia tanto del Ministerio de Sanidad como de las comunidades autónomas. 

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) emitió un recurso por el incumplimiento del artículo 12.4 del Real Decreto del Estado de Alarma, que constataba que “las medidas garantizarán la posibilidad de determinar la mejor distribución de medios técnicos y personales,” según las necesidades por la crisis sanitaria. Los sindicatos declararon:»Si la pandemia era previsible y conocida desde el mes de enero, lo previsible es evitable».

El Tribunal Supremo ha rechazado que el Ministerio de Sanidad estuviese “inactivo” debido a la elección por parte del sindicato de un procedimiento jurisdiccional distinto -el artículo 29 de la ley de jurisdicción- que no cumple los requisitos exigidos. Sin embargo, sí concluye que hubo una infracción por no proporcionar los materiales necesarios como las mascarillas y los Equipos de Protección Individual (EPI). El fallo afirmó que esta falta de recursos puso en riesgo sus derechos a la vida, a la salud y a la integridad física.

La sentencia no hace “ningún juicio de culpabilidad ni imputación de responsabilidad”, sino la “constatación de dicha circunstancia”. Además, argumenta que la falta de equipo de protección fue debido a la incapacidad de proporcionárselos del Sistema Nacional de Salud, el que según el artículo 44 de la Ley General de Sanidad integra el conjunto de servicios de salud del Estado y de las comunidades autónomas, y no solamente del Ministerio de Sanidad o de la Administración General del Estado.

Los jueces del Alto Tribunal aclaran: “Es cierto que las circunstancias fueron críticas y que la dimensión mundial de la pandemia pudo dificultar y retrasar el abastecimiento y su mejor distribución. Sin embargo, lo relevante para nuestro enjuiciamiento es que los medios disponibles no fueron los suficientes en los momentos iniciales para proteger debidamente al personal sanitario”.

Los sindicatos celebran esta sentencia, aunque lamentan que el recurso termine de forma parcial por no considerar la inacción de la inacción administrativa. En un comunicado, destacan que esta respuesta «abre la vía a las demandas individuales» para aquellos sanitarios que sufrieron contagios y que podrían pedir indemnizaciones.

 

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