El Gobierno presenta un decreto ley sobre teletrabajo

- Desmarcar - 24 de septiembre de 2020
La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa del Consejo de Ministros. FOTO: La Moncloa
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Noticia redactada por Cristina Camacho y Nuria Usero.

Los órganos de decisión de CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales), CC. OO y UGT han llegado este martes a un acuerdo definitivo con el Gobierno para regular el teletrabajo. 

La pandemia del coronavirus ha mostrado la existencia de un “vacío legal”, afirmó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, con respecto a la regulación del teletrabajo, que tanto los agentes sociales como el Gobierno llevan meses intentando solventar. 

Tras un preacuerdo alcanzado el pasado lunes, este martes se firmó la ley definitiva. Las empresas tendrán un plazo de 20 días para adoptar la nueva normativa a partir de su publicación en el BOE. 

«Esta ley aumentará la productividad y, sin duda, la competitividad de la economía española», explicó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

Según el convenio alcanzado, el teletrabajo será voluntario y reversible, y la empresa deberá cubrir todos los gastos asociados con este. Los trabajadores tendrán los mismos derechos y deberes que aquellos que acudan de forma presencial, además de tener derecho a la desconexión digital y a un horario establecido previamente entre la empresa y la plantilla. 

La normativa aclara que en caso de un nuevo confinamiento por la pandemia del coronavirus no se aplicará dicha ley, al ser una situación extraordinaria y no permanente. Sin embargo, la empresa sí que correrá con los gastos del teletrabajo. “Esta ley aumentará la productividad y, sin duda, la competitividad de la economía española”, declaró la ministra de Trabajo con respecto a las nuevas medidas. 

Voluntariedad
La ley establece que el teletrabajo será voluntario tanto para la empresa como para los trabajadores, de manera que en ningún momento pueden imponer esta modalidad. Requerirá la firma de un acuerdo entre ambas partes, incluido en el contrato inicial o en una próxima firma. 

Reversible
El principal punto de desacuerdo entre patronal y sindicatos ha sido el porcentaje de horas trabajadas de forma on line necesarias para que aplique esta regulación. Finalmente, el mínimo fijado ha sido el 30% de la jornada -dos días a la semana o el porcentaje proporcional a la duración del contrato-, basándose en un periodo de referencia de tres meses. 

Los trabajadores pueden decidir volver a la oficina en cualquier momento tras hablarlo con la empresa. 

Dotación de las herramientas necesarias
Los empleados tendrán derecho a que les abonen los gastos por los equipos, herramientas y medios de mantenimiento vinculados a la actividad a distancia. En los próximos tres meses, empresarios y trabajadores deberán concretar por escrito sus condiciones individuales. La empresa debe remitir este acuerdo a la oficina de empleo.  

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