El Ayuntamiento de Madrid endurece las restricciones al tráfico

- Desmarcar - 6 de junio de 2018
Tráfico en el centro de Madrid.

El centro de Madrid se cierra al tráfico para intentar disminuir las emisiones contaminantes, propiciadas por un exceso de vehículos y para preservar el uso de las vías. No es la primera vez que el Ayuntamiento de Madrid toma medidas restrictivas para combatir la polución que sufre la ciudad, pero si bien las utilizadas hasta el momento eran ocasionales, esta última tiene intención de ser permanente.

A partir de noviembre, solo los vehículos autorizados podrán circular libremente por las calles del distrito Centro incluidas en el Área de Prioridad Residencial (APR). Desde la implantación de esta medida y hasta febrero de 2019, no tendrán lugar sanciones económicas para aquellos que circulen sin permiso por estas calles, aunque sí serán informados por los policías municipales o agentes de movilidad de las prohibiciones. Una vez superado este periodo, la multa asciende a 90 euros.

Madrid ya cuenta con cuatro APR: en el Barrio de las Letras, Ópera, Cortes y Embajadores. Esta nueva abarca las anteriores, se amplía su límite y queda definida por las calles de Alberto Aguilera, de Carranza, de Sagasta, de Génova, paseo de Recoletos, paseo del Prado, ronda de Atocha, ronda de Valencia, ronda de Toledo, Gran Vía de San Francisco, calle de Bailén, plaza de España, calle de la Princesa y de Serrano Jover.

Se podrá circular con cualquier vehículo si se hace uso de un parking, sea privado o público, o de un establecimiento de hospedaje.

Aquellos que sí podrán circular por estas zonas son los taxis, los encargados de servicios (policía, ambulancias, etc.), bicicletas, motocicletas (de 7:00 a 22:00h, con autorización si se quiere circular en horario nocturno), transporte público, vehículos de carsharing, es decir, multiusuario, turismos cero emisiones del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) y aquellos que dispongan de una autorización de acceso o de residentes del SER (en las calles pertenecientes a esa APR). Además, se podrá circular con cualquier vehículo si se hace uso de un parking, sea privado o público, o de un establecimiento de hospedaje. En ambas situaciones serán tanto el titular del parking como el establecimiento los encargados de tramitar el permiso.

A pesar de que se den excepciones que permiten el acceso a vehículos que no están en la categoría de los anteriormente citados, hay otros que, según ha decidido la Junta de Gobierno del Ayuntamiento, con ayuda de la ciudadanía a través de un proceso de participación, no tendrán posibilidad de entrar en la APR aunque vayan a un aparcamiento público o privado. Estos son los pertenecientes a no residentes que no tengan el distintivo ambiental de la DGT, de modo que los automóviles de gasolina anteriores a 2000 y los diésel anteriores a 2006 se quedan sin permiso de acceso. Aquellos que sí tengan distintivo ambiental, pero que no tengan cero emisiones o no sean ECO, es decir, que tengan etiqueta B (amarilla) o C (verde), sí podrán circular siempre que vayan a un parking.

El acceso a esta zona estará controlado con cámaras a través de las cuales se puedan leer las matrículas y compararlas con las registradas en la base de datos de vehículos autorizados. También habrá señales rectangulares blancas que indican a qué barrio pertenece, además de avisar de que se trata de una zona videovigilada.

Excepciones para la autorización
En algunos casos que difieren a los anteriormente dichos, el Ayuntamiento ha determinado que también se puede acceder a la autorización para circular. Estos permisos pueden ser puntuales (accesos de un día), de un año y de hasta cinco años y están pensados, principalmente, para vehículos adicionales de los residentes que no tengan autorización del SER.

En estos supuestos entran las autorizaciones en caso de obras en la vivienda, dueños de viviendas o plazas de garaje que se encuentren dentro del APR, titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, titulares de empresas o comercios cuyo local se encuentre en el área delimitada y aquellas empresas que presten servicios a domicilio o realicen actividades de carga y descarga en la zona.