Prometer o jurar el cargo, un indispensable de los altos puestos políticos

- ACTUALIDAD - 23 de enero de 2025
Donald Trump jurando su cargo como presidente de Estados Unidos. Instagram: @whitehouse

Donald Trump ya es el nuevo presidente de Estados Unidos. En una ceremonia que empezaba con una misa en la Iglesia de San Juan en la Plaza Lafayette en Washington D.C., el lunes 20 de enero, y que estaba repleta de numerosas autoridades políticas, civiles y militares, Trump hizo el juramento presidencial que recoge la ley como un paso indispensable para nombrar a un nuevo mandatario.

A las 12:00 horas de la capital estadounidenses, con la mano izquierda sobre una biblia y la mano derecha en alto, Trump realizó el juramento que establece el artículo dos de la Constitución convirtiéndose así, formalmente, en el 47º presidente de los Estados Unidos. Un juramento en el que, desde George Washington hace más de 200 años, todos los mandatarios norteamericanos electos deben repetir las mismas 35 palabras: «Juro solemnemente que cumpliré fielmente el cargo de presidente de los Estados Unidos y que daré lo mejor de mí para preservar, proteger y defender la Constitución de los Estados Unidos con la ayuda de Dios». Además, todos concluyen con «Que Dios me ayude», una frase que no establece la ley como tal, pero que han enunciado todos los elegidos desde 1789, salvo Franklin Pierce y Herbert Hoover, quienes optaron por, simplemente, afirmar el cargo.

El caso de España

Al igual que el presidente de Estados Unidos, en España el juramento o promesa del cargo también está regulado por la Constitución de 1978 y en algunas normas complementarias que establecen su obligatoriedad. En el caso de la Constitución, el juramento lo establecen el artículo 62 y el 99. El primero deja claro que el nombramiento como miembro del Gobierno está vinculado a un acto formal de juramento o promesa como compromiso público con la Constitución, mientras que el segundo dicta que el elegido como presidente del Gobierno debe prestar juramento o promesa ante el rey.

Además de la Constitución, la Ley 50/1997 del 27 de noviembre, regula también en su cuarto artículo que, en su toma de posesión, el presidente, los vicepresidentes y demás miembros del Gobierno deben prestar juramento al asumir el cargo. Así mismo, lo establece el artículo 20 del reglamento del Congreso, que exige que los diputados, antes de adquirir la plena condición parlamentaria, deben jurar o prometer acatar la Constitución.

¿Por qué se jura el cargo?

El acto de jurar el cargo es una práctica con una carga simbólica y jurídica que busca garantizar el buen funcionamiento y desempeño de los cargos públicos. En él, se esconden varias finalidades esenciales como la adquisición de compromiso con la Constitución, la legitimidad democrática y aceptación de las responsabilidades vinculadas al cargo, y la publicidad y solemnidad, es decir, el reforzamiento de la confianza de los ciudadanos con el cumplimiento de sus funciones.

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