España legaliza la eutanasia

- Desmarcar - 23 de diciembre de 2020
España es el sexto país en el mundo en aprobar una ley a favor de la eutanasia. Los otros cinco en los que esta práctica es legal son Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Colombia y Canadá. Foto: morirenpaz.org.
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Redactado por Cristina Camacho, Nuria Usero y Yago Vázquez.

El Congreso aprobó este jueves la ley de regulación de la eutanasia en España, con 198 votos a favor, 138 en contra y dos abstenciones. Esta ley orgánica, impulsada por el PSOE, establece las exigencias, garantías y condiciones necesarias para pedir y recibir asistencia para morir, y entrará en vigor en un plazo de tres meses tras su publicación en el BOE (aproximadamente, en abril). “Hoy se impone el sentido común y la humanidad”, afirmó el ministro de Sanidad, Salvador Illa. La oposición, mientras tanto, criticó la falta de consenso de la que nace la ley y lamentó que el Ejecutivo hubiera hecho oídos sordos a las críticas de organismos como el Comité de Bioética o las Naciones Unidas, que alertó del riesgo que puede tener la aprobación de la norma para los discapacitados.

La proposición de ley para la regulación de la eutanasia pretende, según el texto presentado en el Congreso de los Diputados, “dar una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista”. La petición también señala que buscan una legalización porque “son los principios esenciales de los derechos de las personas recogidos en la Constitución española”.

La futura ley pretende que toda persona que cumpla los requisitos tenga el derecho a una “muerte digna” fundamentada en el proceso médico y con toda la información por parte del equipo sanitario, que quedará en el historial clínico. Los requisitos para recibirla son:

  • Poseer la nacionalidad española o residencia en España. Ser mayor de edad y tener consciencia del momento de la solicitud.
  • Tener por escrito el procedimiento médico, así como las alternativas de la actuación, como los cuidados paliativos.
  • Formular dos solicitudes donde se deje constancia de su voluntad, con 15 días de margen entre cada una. En el caso de que el médico crea que la persona no tenga más tiempo de espera, se reducirán los días. Todo ello seguirá estando escrito en el historial.

Estos dos últimos apartados no saldrán adelante si el médico cree que el paciente no tiene la facultad de decidir de forma voluntaria y libre.

  • Sufrir una enfermedad grave e incurable.
  • Dar el consentimiento tras haber obtenido la información para recibir la eutanasia.

La Comisión de Garantía y Evaluación nombrará a un médico y a un jurista para que analicen cada caso. Una vez determinadas las condiciones, los miembros realizarán un informe:

  • Decisión favorable. Seguirá adelante la resolución.
  • Decisión desfavorable. Se paralizará el proceso, pero habrá la posibilidad de reclamación.
  • Sin acuerdo. La institución determinará cuál debe ser el siguiente paso.

Los centros sanitarios donde se realice la “muerte digna” asegurarán la intimidad tanto de los pacientes que pidan esta asistencia como del personal, para la protección de datos.

La solicitud para pedir la eutanasia debe realizarse por escrito, con la firma del paciente que la solicita y dejando clara su voluntad inequívoca, siempre en presencia de un profesional sanitario, que la rubricará. Además, el enfermo que solicite la prestación para morir podrá anular la solicitud siempre que lo desee, aunque su intención de llevarla a cabo quedará registrada en el historial clínico.

Cuando se solicite la petición, el sanitario responsable deberá comprobar que se cumplan todos los requisitos, además de facilitar al paciente informaciones como su diagnóstico, posibilidades terapéuticas, resultados esperables o posibles cuidados paliativos. El enfermo deberá elegir, de nuevo, si seguir con la solicitud o desistir, y, en caso de querer continuar, su deseo debe ser comunicado al equipo asistencial, si lo hubiese, así como a la familia y seres queridos que el paciente señale.

“La eutanasia es impropia de la medicina”, señala Abengózar.

Ricardo Abengózar, profesor de Medicina y Bioética de la Universidad Francisco de Vitoria (UFV) y experto en ética médica, asegura que la eutanasia no es un acto médico, pues no se ajusta a lo que los médicos deben respetar. Para entender este concepto mejor, Abengózar hace referencia a una portería de fútbol. “En medicina, esa portería está constituida por lo siguiente: un poste es nuestro código deontológico, otro son los fines de la medicina -que son un acuerdo a nivel mundial-, y el larguero está constituido por los principios de la bioética. Por tanto, nos debemos a ser respetuosos con ese marco, y la eutanasia está fuera de él”, explica.

El encarnizamiento terapéutico u obstinación terapéutica consiste en hacer uso de prácticas diagnósticas o de terapias que no curan al paciente que se encuentra en la última etapa de su vida, sino que simplemente la prolongan. Este concepto proviene de la idea de hacer absolutamente todo lo que sea posible para salvar la vida del enfermo terminal.

Entre los factores que llevan a realizar el encarnizamiento terapéutico se encuentran la presión que la familia del paciente pueda ejercer en la situación, o la edad de este, pues es más común que se haga en niños o jóvenes terminales.

“El encarnizamiento terapéutico da una patada a la línea de flotación de la ética médica”, mantiene Abengózar.

Según detalla Ricardo Abengózar, el encarnizamiento terapéutico es “inadmisible”. Hay veces en que los médicos no realizan bien su trabajo cuando abandonan a los pacientes. Abengózar expone que el abandono no es propio de la profesión. Sin embargo, la actitud opuesta también es inapropiada. Tal y como cuenta, recurrir a todas las tecnologías que se tengan para que el enfermo siga latiendo puede ser desproporcionado si no son útiles, pues se prolonga su sufrimiento y puede no ser digno para las personas. “El médico tiene que saber cuándo retirar los medios de soporte vital”, aclara Abengózar.

Petición de otras alternativas
Los partidos políticos que se han opuesto a esta nueva ley han sido PP y Vox. “Es una ley injusta porque es inoportuna e inconstitucional. Ustedes han tenido miedo a un debate sereno, responsable con la sociedad contra la que quieren legislar”, señaló el portavoz del Partido Popular, José Ignacio Echániz. Durante su comparecencia, Echániz defendió la universalización, extensión y especialización en la sanidad pública y privada de los cuidados paliativos y del tratamiento profundo del dolor. “Eso sí es un objeto de una sociedad avanzada. Eso sí dignifica la vida humana”, afirmó. El portavoz concluyó asegurando que la ley de la eutanasia es “una derrota para todos” que significa el fracaso del sistema sanitario y de la sociedad. “Estamos llamados a no abandonar a los que sufren, no rendirse y dar cuidados, amor y esperanza”, finalizó Echániz.

“Es una ley radical, eugenésica y criminal”, aseguró Lourdes Méndez, del grupo parlamentario de Vox. La portavoz cuestionó al Gobierno sobre cómo controlarán estas acciones y si no se coacciona a las personas más vulnerables. “Quieren instaurar la industria de la muerte. En plena pandemia, una semana antes de la Navidad, mientras muchos lloran la muerte de nuestros seres queridos y el mundo celebra el nacimiento del hijo de Dios, ustedes eligen este momento para la destrucción de nuestra cultura”, afirmó Méndez. Además, señaló que Vox recurrirá al Tribunal Constitucional.

La ONU y el Comité de Bioética, en contra de esta ley
Uno de los organismos que se ha posicionado en contra de la aprobación de esta ley es el Comité de Bioética de España (CBE), un órgano consultivo dependiente de los ministerios de Sanidad y Ciencia. El CBE considera que la eutanasia no es un “derecho subjetivo”, y que, por tanto no debería financiarse con prestaciones públicas. 

Este órgano está actualmente formado por cuatro juristas, cinco médicos y dos investigadores, cuyo mandato es de cuatro años. Su última renovación fue en 2018; la mitad de los miembros fueron nombrados a propuesta del Gobierno central del PP y la otra mitad, de los ejecutivos autonómicos. 

Ha sido por propia iniciativa por la que han llevado a cabo el Informe del Comité de Bioética de España sobre el final de la vida y la atención en el proceso de morir, en el marco del debate sobre la regulación de la eutanasia: propuestas para la reflexión y la deliberación.

En este documento, aprobado el pasado 30 de septiembre, el organismo sostiene que “existen sólidas razones sanitarias, éticas, legales, económicas y sociales para rechazar la transformación de la eutanasia”. 

Concluye que aprobar esta ley supone “iniciar un camino de desvalor de la protección de la vida humana, cuyas fronteras son harto difíciles de prever”, así como “un retroceso de la civilización, ya que en un contexto en que el valor de la vida humana con frecuencia se condiciona a criterios de utilidad social, interés económico, responsabilidades familiares y cargas o gasto público, la legalización de la muerte temprana agregaría un conjunto de problemas”.

Otro órgano que ha mostrado sus reticencias ante la aprobación de esta ley ha sido la ONU, que ha asegurado que “podría constituir una invitación pública a que las personas con discapacidad opten por la terminación de su vida”. 

Según el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, los requisitos que establece el texto de ley para poder solicitar la eutanasia suponen “una clara evocación a las personas con discapacidad, discriminándolas y estigmatizándolas como vidas de menor valor”.

La eutanasia en el mundo
España es el sexto país en el mundo en aprobar una ley a favor de la eutanasia. Los otros cinco países en los que esta práctica es legal son Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Colombia y Canadá.

Países Bajos fue el primer país en legalizar esta práctica, en 2002, y sentó un precedente. Bélgica y Luxemburgo siguieron el ejemplo de su país vecino. En Colombia, ya se dio un paso hacia la legalización de la eutanasia en 1997, cuando se despenalizó por considerarlo homicidio por piedad. Sin embargo, no fue hasta 2014 cuando se reguló de forma definitiva y se hizo efectivo como derecho. Por último, Canadá la aprobó en 2015. Aunque la práctica está legalizada en todos estos países, cada legislación incluye sus propios matices al respecto. 

En Países Bajos, solo se aplica a personas con dolor crónico e inaguantable. Tiene que ser el propio paciente quien la solicite al médico, y este está obligado a consultar con otro especialista antes de llevarla a cabo. 

El de Bélgica es un caso similar. No hay un control previo, y solo se necesita el visto bueno de dos médicos. Esta ley también incluye sufrimiento psíquico irremediable y no establece un mínimo de edad -aunque en caso de ser menor, entraría en juego la opinión de los padres-. 

Otros países europeos han intentado regular esta ley, pero no han tenido éxito. Este es el caso de Portugal, donde se sometió a votación en mayo de 2018, pero no consiguió salir adelante.

Suicidio asistido
A diferencia de la eutanasia, el suicidio asistido no implica la intervención directa del médico, sino que este simplemente le facilita al paciente los medicamentos necesarios para poder llevarla a cabo, pero sin suministrárselos. 

Esta práctica está regulada en Suiza, donde no está penalizado que una persona ayude a otra a morir, siempre y cuando sea por causas altruistas. Este país permite el suicidio asistido desde los años 40 del siglo pasado, lo que explica la existencia de organizaciones que ayudan a extranjeros a tramitar sus peticiones para “morir dignamente”. 

En EE.UU., la eutanasia es ilegal. Sin embargo, algunos estados como California o Montana permiten el suicidio asistido en pacientes terminales. En Vermont, Washington y Oregon, además, también dejan abierta la puerta a esta práctica, al basarse en el fundamento legal que reconoce «el derecho a decidir de las personas».

Eutanasia pasiva
En otros países, como Alemania, Suecia, Dinamarca, Austria y Noruega, la eutanasia como tal es ilegal, pero sí que se permite la eutanasia pasiva. Esta consigue la muerte del paciente mediante la interrupción del tratamiento médico al que está sometido.

Con respecto a los países en los que ya era legal esta práctica, Ricardo Abengózar asegura que es necesario saber qué ha ocurrido. Según explica, en ninguna de esas naciones se respeta la ley, y cree que es probable que en España suceda lo mismo. El profesor conoce bien cómo se trata el tema en Países Bajos, y apunta que se acepta que se realice la eutanasia a pacientes con enfermedad crónica, pero no en situación terminal. Además, no hace falta que la solicite el paciente, ya que en el 80% de las eutanasias, el paciente no participa en la decisión. Es el propio médico el que toma cartas en el asunto y decide en los pacientes con más de 80 años o con trastornos cognitivos, psiquiátricos o adicciones.

Esta práctica es una pendiente deslizante, y tiene varios escalones, según afirma Abengózar. El primero es justificar la eutanasia, no solo en pacientes con enfermedad crónica, sino en quienes tienen una enfermedad recién diagnosticada y con posibilidad de acabar mal, lo que se conoce como eutanasia preventiva. El siguiente escalón sería eutanasia por cansancio vital, no se realiza por enfermedad, sino porque no les gusta la vida. Otro es el que se conoce como “aborto posnatal”, práctica legal en algunos países y que consiste en provocar la muerte a niños a los que no se les ha diagnosticado una enfermedad en el embarazo. Esta práctica no tiene fecha, y el caso de mayor edad fue el ocurrido con un joven de 16 años, en Bélgica.

El último escalón, según Abengózar, es el de la eutanasia por trasplante, es decir, se concede la muerte a alguien que va a donar un órgano a otro paciente, de manera que quien es eutanasiado fallece durante la operación. El paciente llega vivo, pero se le provoca la muerte al sacarle los órganos.

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