Comienza la tramitación de la Ley de Convivencia Universitaria

- ESPAÑA - 25 de octubre de 2021
Manuel Castells en su intervención. Fuente: Twitter

El proyecto Ley de Convivencia Universitaria, cuya finalidad es derogar el decreto franquista de 1954, llegó, el 21 de octubre, a la Cámara Baja, con el objetivo de iniciar su tramitación parlamentaria. Partido Popular (PP) y Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) han anunciado enmiendas.

El Consejo de Ministros aprobó, el pasado 9 de septiembre, la tramitación parlamentaria de este texto. Ahora, seguirá el proceso en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades en la Cámara Baja, donde los grupos presentarán las enmiendas, y, posteriormente, será remitido al Senado, cuando haya sido aprobado por el Congreso de los Diputados. 

ERC ha retirado la enmienda, a última hora, debido a un acuerdo con el Ministerio de Universidades, Unidas Podemos y PSOE. La enmienda total presentada por el Partido Popular ha sido apoyada por Vox, Ciudadanos, Foro y UPN. En contra han votado Podemos, PSOE y los partidos independentistas y nacionalistas. La enmienda ha sido rechazada, pero su objetivo era devolver este proyecto de ley al Ejecutivo.

En su intervención, el ministro de Universidades, Manuel Castells, ha detallado los puntos del texto. Este proyecto tiene como método preferente la mediaci0ón para la solución de conflictos. El texto distingue entre faltas muy graves, graves y leves.

El plagio de un Trabajo de Fin de Grado, de Máster o de Doctorado, la realización de novatadas o de cualquier tipo de acoso, la discriminación, la falsificación documental, el incumplimiento de las normas de salud pública, la suplantación de un miembro de la comunidad universitaria e impedir el correcto desarrollo de los procesos electores del centro universitario serán consideradas como faltas muy graves.

Los alumnos que realicen cualquiera de estas prácticas tendrán sanciones como la expulsión de la universidad entre dos meses y tres años y la pérdida de derechos de matrícula parcial durante un curso o un semestre. Estas faltas prescribirán a los tres años, como máximo.

El segundo rango recoge faltas como la apropiación indebida del contenido de los exámenes, dañar el material o los bienes de la universidad, falsear resultados de exámenes y acceder sin permiso a los sistemas informáticos. La sanción correspondiente a estos comportamientos es la expulsión, como máximo, de un mes, sin poder realizarse esta en periodos de evaluación y matriculación. Estas faltas se anularán cuando pase un año. Usar las instalaciones universitarias de forma indebida y el acceso no permitido a los campus son consideradas como faltas leves, que prescribirán a los seis meses.

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