El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha condenado este martes a España por no llevar a cabo una «investigación profunda y efectiva» de las cargas policiales contra una manifestante en la marcha Rodea el Congreso, de 2012. La demandante afirmaba que fue desalojada por la fuerza y de manera humillante por la Policía cuando se refugió en un bar del barrio madrileño de Huertas.
La manifestante denunció el caso ante un juzgado de Madrid, pero este lo acabó cerrando por falta de pruebas. Aunque la Audiencia Nacional la compensó con 750 euros por daños morales, el Tribunal Constitucional se negó a revisar su caso porque consideraba que no se habían violado derechos fundamentales. Por ello, acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ante el cual acusó a las autoridades españolas de no haber investigado lo suficiente los hechos que denunció. Señalaba, además, que ello podría haber supuesto una posible violación del artículo 3 de la Convención sobre la Prohibición de la Tortura.
Ahora, Estrasburgo obliga a España a indemnizarla también con 1.000 euros en concepto de daños morales. El jurado afirma que las autoridades españolas “han sido incapaces de identificar e interrogar a los policías implicados, y evaluar correctamente la proporcionalidad de sus acciones hacia la demandante”. La indemnización de la Audiencia Nacional “no pudo reparar la falta de efectividad de las investigaciones de las autoridades sobre el carácter desproporcionado del uso de la fuerza”, explica el fallo.
La sentencia ha sido decidida por unanimidad, y «declara admisible la solicitud» porque «se ha producido una violación de la rama procesal del artículo 3 de la Convención». También establece que «el Estado demandado pagará al demandante, en el plazo de tres meses, la cantidad de 1.000 euros en concepto daño moral; y que desde el vencimiento de dicho período y hasta el pago, este monto se incrementará por interés simple a un tipo igual al de la facilidad marginal de crédito del Banco Central Europeo aplicable durante este tiempo, incrementado en tres puntos porcentuales».
«La Corte considera que, en las circunstancias particulares del presente caso, la investigación llevada a cabo por los tribunales internos no fue lo suficientemente completa y eficaz para cumplir con los requisitos antes señalados de la vertiente procesal del artículo 3 de la Convención de Derechos Humanos», afirma el tribunal.
La decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos llega dos semanas después de que la Fiscalía de Madrid solicitase penas de entre tres años y ocho meses de prisión y siete años y cuatro meses para los 21 acusados de provocar desórdenes y enfrentarse a la Policía durante la primera concentración de Rodea al Congreso, convocada el 25 de septiembre de 2012 en los alrededores del Palacio de las Cortes.